Abigeato Y Robo Generico
El articulo 242 del CĂłdigo penal de Chiapas, prevĂ© y castiga el robo de ganado, sancionándolo con una pena especialmente grave; y ni gramatical y ni jurĂdicamente puede existir identidad entre el robo de una cabeza de ganado y el robo de ganado, entonces si la pena que se impone al robo de solo un se moviente es la que corresponde al abigeato, es violatoria de garantĂas. En los tĂ©rminos del articulo 244 del CĂłdigo Penal de la Entidad mencionada, de entre los elementos integrados del tipo, esta el correspondiente a la existencia del dictamen perital que determine la causa del aborto; por lo que de no existir tal constancia
