Para la integración del delito de manejar en estado de ebriedad, la ley no exige ebriedad completa, pues solamente fija para la comisión del delito, manejar en estado de ebriedad, de modo que con cualquiera que sea el grado de ebriedad, se llena el presupuesto legal, siendo de observar que donde la ley no distingue, el sentenciador tampoco puede válidamente establecer distinciones.