Depende de cada miembro del panel de libertad condicional cuales prisioneros van a ser entrevistados, con una sola excepción: La Directiva 141.355 del Consejo dice que el principal miembro del panel tiene que entrevistar al prisionero si tiene más de 20 años en prisión y hace más de dos entrevistas de libertad condicional que no ha sido entrevistado. Esto no aplica a prisioneros en estado disciplinario, diagnosticados por el personal médico como mentalmente enfermos o discapacitados, aquellos que viven en segregación y que el personal de TDCJ-CID (Departamento de Justicia Penal de Texas– Cédula de Identificación Criminal) los considere violentos o peligrosos, o prisioneros encarcelados en instituciones federales correccionales o en prisiones estatales en otro estado.